La Ley de Economía Digital pasó el 14 de octubre por las Comisiones Unidas de Economía y de Estudios Legislativos, Primera, del Senado, que aprobaron el dictamen en los mismos términos en que lo envió la Cámara de Diputados. Esa tarde el pleno le dio primera lectura; falta su votación, y la siguiente sesión quedó citada para el martes 20 de octubre.

Qué aprobaron las comisiones
Según el dictamen enviado a la Mesa Directiva, las comisiones se reunieron a las 9:30 horas y aprobaron “en sus términos” la minuta que la Cámara de Diputados remitió el 6 de octubre. Al expediente se anexó una reserva del senador Miguel Márquez Márquez, del grupo parlamentario del PAN. Como el Senado no modificó el texto, si el pleno lo aprueba así no tendría que regresar a Diputados.
La crónica del pleno registra la primera lectura a las 16:02 horas y el cierre de la sesión a las 16:06, con la siguiente convocada para el 20 de octubre a las 11:00 horas.
Lo que dice la ley
El proyecto tiene 22 artículos y cinco transitorios. Los puntos con efecto directo en tu dinero son estos:
- Qué cuenta como pago digital. Códigos QR, dispositivos NFC, tarjetas de débito y crédito, transferencias (incluida la domiciliación) y otros medios que reconozcan las autoridades (artículo 2).
- Sectores de solo pago digital. La Secretaría de Hacienda determinará los “sectores estratégicos y actividades relevantes” en los que la aceptación de pagos digitales podrá ser la única forma de pago (artículo 13). El texto no enumera ninguno.
- Efectivo como respaldo. Si una contingencia impide recibir pagos digitales, se permitirá pagar en efectivo o con cheque (artículo 15), pero las contingencias no podrán justificar de forma permanente el incumplimiento (artículo 16).
- Fuera de esos sectores, es voluntario. Los comercios “podrán” implementar los pagos digitales (artículo 11); las autoridades de los tres órdenes de gobierno sí deberán aceptarlos en trámites y servicios (artículo 10).
- QR en las terminales. Banxico, junto con la CNBV, podrá ordenar que quienes operan terminales punto de venta para tarjetas también acepten pagos con códigos QR conforme a sus especificaciones (artículo 19).
- Identidad digital. La CURP Digital y el Expediente Digital Ciudadano serán mecanismos de confianza para contratar servicios financieros en línea; la persona puede elegir otra identificación oficial (artículos 5 a 9).
Los plazos si se publica
La ley entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. Desde ese día, Hacienda tendría 15 días hábiles para definir los sectores, y después las autoridades de cada sector otros 15 días hábiles para emitir las reglas de operación y los plazos de transición del efectivo al pago digital (transitorios tercero y cuarto).
El dictamen del Senado advierte que la ley “no debe interpretarse como la eliminación inmediata, absoluta y generalizada del dinero en efectivo” y cita la Encuesta Nacional de Inclusión Financiera 2024 del INEGI: para compras de hasta 500 pesos, el efectivo era el medio frecuente para 85.2% de la población.
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